El día 20 de mayo de 2021 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) la Recomendación (UE) 2021/801 de la Comisión, de 18 de mayo de 2021, sobre el tratamiento fiscal de las pérdidas incurridas durante la crisis de la COVID-19.
En nuestra opinión, resulta muy interesante el punto de vista de la Comisión sobre la aplicación de las pérdidas sufridas por las compañías en los años 2020 y 2021, para paliar los efectos negativos del COVID-19. En efecto, la comisión propone utilizar los resultados negativos obtenidos en 2020 y 2021 para compensar los beneficios declarados en los ejercicios precedentes, concretamente 2017, 2018 y 2019. Es decir, al contrario de lo que sucede con la normativa actual (que se permiten compensar Bases imponibles negativas con ejercicios futuros), se permitiría compensar las bases imponibles negativas de 2020 y 2021 con beneficios obtenidos en años anteriores.
A nuestro juicio, esta medida resultaría muy útil para paliar los efectos de la crisis económica actual por dos motivos fundamentales:
- Permitiría a las empresas que fueran rentables en condiciones “pre-pandemia” obtener liquidez en caso de haber sufrido pérdidas en los ejercicios 2020 y 2021 puesto que les devolverían los impuestos pagados en ejercicios anteriores (o al menos, parte de ellos).
- El coste de esta medida (la devolución de impuestos a los contribuyentes) beneficiaría, mayormente, a empresas cuyas pérdidas del ejercicio 2020 y 2021 hayan venido motivadas por el estallido de la pandemia del COVID-19.